REPRESENTACIÓN AUTOPRODUCTORES
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Productores de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos
Representación de Último Recurso
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El cambio de normativa producido en el sector eléctrico en 2009 modificó el procedimiento de representación y liquidación de las primas, los incentivos y los complementos a las instalaciones de producción de energía eléctrica denominada en régimen especial, y que ha pasado a denominarse Producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
En aplicación de esta norma, desde el mes de noviembre de 2009, Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U. es representante ante la CNMC, el operador del mercado (OMEL) y el operador del sistema (REE) de aquellas instalaciones que no hayan comunicado su deseo de ser representadas por otro agente.
Dentro del compromiso de mejorar la atención a sus clientes, desde Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U. (en adelante CURENERGÍA) ponemos a tu disposición diferentes canales de comunicación, a través de los cuales un equipo de gestores especializados atenderá todas las consultas, aclaraciones o información adicional que solicites.
La Oficina Virtual de Autoproductores o Productores de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos es una aplicación que CURENERGÍA ofrece a todos los titulares de instalaciones de producción energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos que estén representados o lo hayan estado por CURENERGÍA, como representante de último recurso (RUR) de esta actividad.
Desde la Oficina Virtual de Autoproductores los titulares representados pueden realizar las operaciones y consultas más habituales sobre los datos y registros de producción de las plantas e instalaciones de las que se disponga la titularidad, y que se detallan a continuación:
- Enviar y consultar previsiones de producción/programas (Instalaciones de Potencia P ≥ 1MW).
- Consultar los datos estructurales de la instalación y dirección de correspondencia.
- Elaborar el Anexo IV con la aportación de los datos anuales de la instalación.
- Consultar documentación de ayuda y normativa vigente.
- Consultar resumen de medidas y, en su caso, las curvas de carga por cada periodo de liquidación, previamente a cada una de las liquidaciones.
- Consultar las facturas, a partir de la fecha de publicación por parte de la CNMC (desde el inicio de actividad y/o a partir del mes de noviembre de 2009).
- Consultar y acceder a los datos vigentes para el periodo de representación.
Accede ya a la Oficina Virtual de Autoproductores y gestiona tus plantas e instalaciones de una forma cómoda y sencilla.
Para que saques el máximo partido de esta aplicación, ponemos a tu disposición el Manual de la Oficina Virtual de Autoproductores de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos [PDF]
PREGUNTAS FRECUENTES
La circular 4/2009 establece el nuevo modelo económico de liquidación a los productores energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos y la implantación de los procedimientos de aplicación a los agentes implicados.
El nuevo sistema de liquidación es de aplicación desde el 1 de noviembre de 2009. Desde entonces, la liquidación es elaborada por la CNE (hoy la CNMC) y pagada a través de los representantes de cada instalación.
Esta actividad ha quedado actualizada en sus condiciones económicas y procedimiento por el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
Los agentes que intervienen en el proceso de liquidación son:
- Agente representante
- La empresa distribuidora
- REE (Operador del Sistema)
- OMEL (Operador del Mercado)
- CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia)
Se consideran representantes quienes actúan por cuenta de un sujeto del mercado, sea en nombre de dicho sujeto (representación directa), sea en nombre propio (representación indirecta). En el mercado diario e intradiario de producción de energía eléctrica, existe, junto a la representación común, un sujeto representante especialmente cualificado tan sólo para representación de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de las fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Este representante cualificado se denomina agente vendedor y añade a sus funciones ordinarias de representación las facultades reconocidas en el artículo 28 del Real Decreto 436/2004 de 12 de marzo.
El representante, ha de ser un agente de mercado autorizado, lleva al mercado de producción la energía procedente de las instalaciones, integra las previsiones de producción de estas instalaciones y gestiona su liquidación en el mercado diario del OMEL.
También es el encargado de enviar a la CNMC, con anterioridad al 10º día del mes m+1, la información de la "Baldita" que ha recibido del Operador del Sistema, desagregada por cada instalación o CIL, para los meses de producción m, m-3 y m-11.
Así mismo, es el responsable de efectuar el pago de los importes recibidos de REE y CNMC respectivamente a los productores de la energía por él representados, incorporando, en su caso, la deducción por desvíos.
La empresa distribuidora es la desencadenante del proceso ya que es la responsable de la lectura de los equipos de medida tipos 3 y 5. Debe enviar, con anterioridad al 8º día del mes m+1, la medida horaria (real o estimada) de la energía activa neta y reactiva por instalación (código "CIL"). Será la CNE quien en base a esta información calcule la Prima Equivalente y el Complemento por Reactiva.
Además de ser responsable de la lectura de los equipos tipos 1 y 2, es el encargado de enviar al representante y a la CNE, con anterioridad al 8º día del mes m+1, la "Baldita" de los meses de producción de energía m, m-3 y m-11, desglosadas por agente representante.
Es el encargado de casar las ofertas de producción recibidas de los representantes en el mercado diario.
Es la CNE quien, en base a los datos aportados por los agentes que intervienen en el proceso de liquidación, calcula la prima equivalente y el complemento por energía reactiva de las instalaciones en Régimen Especial.
También es responsable de ingresar a los representantes el importe de las primas, los incentivos y los complementos.
El cierre de las liquidaciones de energía producida en el mes "M" se realiza el día 28 del mes "M+1", existiendo una serie de plazos variables para la aprobación y conformación de la liquidación, por la que los pagos se realizan previsiblemente en la segunda decena del mes "M+2" (entre los días 10 y 20). No obstante lo anterior, si dicha fecha se retrasase, el plazo máximo para realizar el pago no será superior a treinta y un días naturales desde el cierre del mes M, que se realiza en el mes "M+1", según el compromiso adoptado por la CNE (hoy CNMC) en la Circular 4/2009.
Esta liquidación realizada en el mes (M+1) corresponderá a la producción del mes anterior (M). Se denominan liquidaciones provisionales por el hecho de que no todas las instalaciones disponen de equipos con sistemas de lectura real y, en estos casos, la liquidación que se realiza en base a estimaciones, y debe ser revisada (en las liquidaciones posteriores de ese mismo mes).
Tres meses después de periodo de producción (M), la CNMC realiza una segunda liquidación, la Liquidación Provisional Intermedia (M+3) y 11 meses más tarde del periodo de producción (M) se realiza la Liquidación Provisional Final Primera (M+11).
Las sucesivas liquidaciones podrán modificar la cuantía de los ingresos liquidados en las liquidaciones provisionales en función de variación de la producción real respecto de la estimación realizada en cada una de ellas.
Para conocer todas las ventajas que ofrece Iberdrola como agente representante puedes ponerte en contacto con nosotros a través del teléfono 900 121 324 o el correo electrónico autoproductores@curenergia.es.